Andres Salvador
Este cuadro resume exactamente la diferenciación de funciones que se explica en Tau Anzoátegui y Martiré (2018) y que se estudia en la Unidad 3.
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Función |
Descripción breve |
Autoridades Metropolitanas
(España) |
Autoridades Residentes
(América) |
Observación clave (acumulación
y disociación) |
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Gobierno Espiritual |
Organización eclesiástica, evangelización, Patronato Regio, enseñanza,
hospitales, censura de libros |
Rey (como cabeza del Patronato) + Consejo de Indias |
Virreyes y Gobernadores (ejecutan) + Obispos (en la práctica) |
Función casi exclusivamente delegada; acumulada en virreyes |
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Gobierno Temporal |
Legislación, nombramiento de funcionarios, capitulaciones, mercedes,
fundación de ciudades |
Rey + Consejo de Indias (norma central) + Casa de Contratación |
Virreyes, Capitanes Generales, Gobernadores y Cabildos (práctica) |
Máxima acumulación: virreyes y cabildos legislan y gobiernan localmente |
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Justicia |
Administración de justicia, apelaciones, control de autoridades |
Consejo de Indias (máxima instancia) |
Audiencias + Virreyes/Gobernadores (primera y segunda instancia) |
Muy fuerte acumulación: audiencias ejercen también funciones gubernativas |
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Guerra |
Organización militar, defensa externa, protección del comercio, campañas
contra indígenas |
Rey + Consejo de Indias (estrategia general) |
Capitanes Generales, Virreyes y Gobernadores (ejecución directa) |
Acumulada casi totalmente en autoridades residentes por razones
operativas |
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Hacienda |
Cobro de impuestos, regalías, administración financiera de la Corona |
Casa de Contratación + Consejo de Indias (control central) |
Virreyes, Gobernadores y Cabildos (recaudación y gasto local) |
Mayor disociación: norma central vs. práctica local (contrabando y
“arreglos”) |
Notas explicativas breves (para
tener presente en clase o parcial)
- Acumulación
de funciones: La característica más importante del sistema indiano es que las
mismas autoridades residentes (sobre todo virreyes, gobernadores y
audiencias) ejercían varias o todas las funciones simultáneamente. No
existía división de poderes.
- Disociación
norma-práctica: Las autoridades metropolitanas concentraban la norma formal
(centralismo), mientras que las residentes concentraban la práctica
real (autonomía por distancia geográfica).
- “Obedezco pero no cumplo”: Esta frase institucionalizada permitía que el sujeto material (virrey, gobernador, regidor) cumpliera ritualmente la norma metropolitana sin alterar la práctica local.