abril 15, 2018

Carácter restringido de la idea de Hombre como sujeto de derecho en las sociedades tradicionales

Materiales para el estudio de Historia de la Cultura Jurídica
 Andrés Salvador


El mercado de esclavos
Jean-Léon Gérôme (s. XIX)
http://commons.wikimedia.org/wiki/File:G%C3%A9r%C3%B4me_Jean-L%C3%A9on_The_Slave_Market.jpg
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En las sociedades tradicionales, la idea de hombre, como sujeto de derecho, presenta un carácter restringido. Al respecto, cuenta John A. Wilson [AAVV, 1993: 50] que el egipcio : 

“Como estaba aislado de sus vecinos por el mar y por el desierto, creía que le era posible mantenerse en una actitud aislacionista, que se le antojaba superior. Así, establecía una distinción entre los “hombres”, por una parte, y los libios, los asiáticos o los africanos, por la otra. En este sentido, la palabra “hombre” significaba egipcios; pero también usaban el termino “hombres” para distinguirse de los dioses o de los animales. En otras palabras, los egipcios eran “personas”; cosa que no eran los extranjeros.”

Jóven negro con las manos atadas a su espalda.  Estatuilla de bronce encontrado en la región de Fayoum, cerca de Memphis, Egipto (s. II–I a. de C.) Actualmente en el Museo del Louvre
http://en.wikipedia.org/wiki/File:Black_slave_Louvre_Br361.jpg
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Por su parte, Alexander Mitscherlich (cf.: AAVV, 1971: 299), señala que:

Aquello que tenia validez para un grupo, era considerado por este como lo único valido. Por ejemplo: la palabra << Zulú>> significa persona; ningún <no-Zulú> puede ser persona. Esta competencia entre cada uno de los grupos pertenece, posiblemente, a la ritualización que ayuda a mantener una sociedad. Y entonces, es algo muy natural movilizar el comportamiento hostil, en lugar de la actitud amistosa, frente a un no-Zulú.

Dinizulu, quien llegaria a ser Rey de los zulúes [1884 - 1913], como príncipe durante la Guerra civil zulú de 1883-1884.  Foto original de la colección de The Campbell Collections of the University of KwaZulu-Natal, Durban, Sudáfrica.
http://www.pinetreeweb.com/bp-dinizulu.htm
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Desde luego que es sobre el “sistema del mundo” de las sociedades tradicionales que se articula esta actitud etnocéntrica [Triviño, 1981; Allport, 1977: 45-65 y 66-86], que sorprende al hombre moderno, cuyo horizonte ético incluye a toda la humanidad, lo que se traduce en el reconocimiento como sujetos activos o pasivos de derechos, es decir como personas del derecho, de todos los hombres [Cf. Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948], concepción esta que es tributaria de la idea de Hombre como Criatura de un Dios distinto de la naturaleza propia de la Tradición Judeocristiana, con arreglo a la cual los Hombres, en tanto Criaturas, son iguales entre si, y que seria secularizada en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano  aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789 en el contexto de la Revolución y en un proceso más amplio comprensivo de la Revolución Inglesa y Norteamericana.

El sistema del mundo de las sociedades tradicionales y la asimilación del extranjero a demonios o fantasmas. El hombre de las sociedades arcaicas excluye a los extranjeros que pueblan el espacio desconocido que circunda el mundo asimilándolos a demonios o fantasmas [Eliade, 1992: 32-34].

Un panfleto de la Rebelión Boxer , circa 1899, se refiere a los extranjeros como Guizi termino mandarín similar a Gweilo = Diablo extranjero y que es uno de los terminos que se aplica a los extranjeros de ascendencia europea
http://en.wikipedia.org/wiki/File:Boxerspamphlet.png
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Si nuestro mundo es un Cosmos, todo ataque exterior amenaza con transformarlo en Caos; y dado que nuestro mundo se ha fundado a imitación de la obra ejemplar de los dioses, la cosmogonía, los adversarios que lo atacan se asimilan a los enemigos de los dioses, a los demonios y sobre todo al archi-demonio, al Dragón primordial vencido por los dioses al comienzo de los tiempos.

Gato [= Gran Gato de Heliópolis] acuchillando a una serpiente [=Apofis]
Tumba de Inerkhau (TT359). Dinastía XX.
Foto en J. Malek, Egipto. 4000 años de arte, Barcelona, 2003, p. 259
http://www.egiptologia.com/arte/104-obras-en-detalle/3138-un-gato-acuchillando-a-una-serpiente.html
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El ataque contra nuestro mundo es la revancha del Dragón mítico que se rebela contra la obra de los dioses, el Cosmos, y trata de reducirla a la nada. Los enemigos se alinean entre las potencias del Caos, y toda victoria contra el atacante reitera la victoria ejemplar del dios contra el Dragón [contra el Caos].
  
En la tradición judaica, los reyes paganos eran presentados bajo los rasgos del dragón: así, Nabucodonosor descrito por Jeremías [XLI, 34] o Pompeyo en los Salmos de Salomón [IX, 29] [Eliade,  1992: 47; AAVV, 1993: 262].

El Dragón es la figura ejemplar del Monstruo marino, de la serpiente primordial, símbolo de las Aguas cósmicas, de las Tinieblas, de la Noche y de la Muerte; en una palabra: de todo lo amorfo y de lo virtual, de todo lo que no tiene aún una  forma.

El Dragón ha tenido que ser vencido y despedazado por el dios para que el Cosmos pudiera crearse. Esta victoria del dios sobre el Dragón debe repetirse simbólicamente cada año, pues cada año el mundo ha de ser creado de nuevo.

De igual modo, la victoria de los dioses contra las fuerzas de las Tinieblas, de la Muerte y del Caos se repite en cada victoria de la ciudad contra sus invasores. Es probable que las defensas de los lugares habitados y de las ciudades fueran en su origen defensas mágicas; estas defensas - fosos, laberintos, murallas, etc.- estaban destinadas mas bien para impedir la invasión de los demonios y de las almas de los muertos que para rechazar el ataque de los humanos.

Reconstitución de la fortaleza egipcia de Buhen en Nubia en la que se advierte el foso que la rodea
http://en.wikipedia.org/wiki/File:Buhen3.jpg
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Por otra parte, el pensamiento simbólico no halla dificultad alguna en asimilar al enemigo humano al Demonio y a la muerte, ya que, al fin de cuentas, el resultado de sus ataques, sean estos demoniacos o militares, es siempre el mismo: la ruina, la desintegración, la muerte [Eliade,  1992: 47-48].

Cartel de propaganda para el alistamiento en el ejército los Estados Unidos durante  la primera guerra mundial  [Circa 1917] en el que Alemania es identificada con un simio
http://web.viu.ca/davies/H482.WWI/poster.US.DestroyThisMadBrute.jpg
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Durante el Imperio Medio, los egipcios pese a la importancia dada a la justicia, todavía pensaban que los únicos seres realmente humanos eran ellos, y que los extranjeros tenían estrecho parentesco con los animales, por lo que, como recuerda Wilson, no llevaban a las colonias su interés por los derechos individuales [Wilson, 1995: 210; Eliade, 1978: 120 nota 47].


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Consecuencias jurídicas de la idea restringida de hombre como sujeto de derechos. Debemos prestar particular atención a la consecuencias jurídicas de esta idea de hombre, así Platón, consideraba como enemigos por naturaleza de los griegos a los bárbaros o extranjeros, con quienes podía en rigor haber guerra; en cambio los griegos, aunque fueran de diversos estados o ciudades, e incluso enemigos, eran parientes y amigos por naturaleza y a sus disputas no cabía llamarlas guerra sino mas bien discordia o sedición [stasis] [Rep., 470 b-c]; por su parte Aristóteles justifica la costumbre de reducir a la esclavitud al extranjero o bárbaro vencido, indicando expresamente que para los griegos en ningún caso otro griego podía ser considerado un esclavo por naturaleza aunque si, en cambio, el bárbaro o extranjero [ajeno al mundo helénico] [Lamas, 1974: 35-36], de aquí que es particularmente acertado Pierre Vidal-Naquet, cuando explica que la ciudad griega, en su modelo clásico se definía por un doble rechazo: rechazo de la mujer en tanto que la ciudad griega era un “club de hombres” y rechazo del esclavo en tanto que era un “club de ciudadanos”, y aun hasta un triple rechazo, puesto que también el extranjero era rechazado, pero quizás el caso del esclavo no fuera sino el del extranjero llevado a su situación limite [Vidal-Naquet, 1983: 242-243]. 

Hoplita griego  y guerrero persa representados luchando, en un kílix antigua, del siglo V a. C.
http://en.wikipedia.org/wiki/File:Greek-Persian_duel.jpg
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En Roma a los no ciudadanos o extranjeros, se les designa en la lengua primitiva como hostes, que significaba enemigo [Argüello-Peña Guzmán, 1966: 425; Michelet, 1945: 75; Petit, 1985: 115; Vogel, 1975: 50] , idea que debemos tener presente en relación al texto de la ley de las XII Tablas [VI, 5], que reza: Adversus hostem aeterna auctoritas esto [Argüello-Peña Guzmán, 1966:163].

Por su parte, la condición jurídica del esclavo en Roma, es particularmente ilustrativa de las consecuencias de la idea restringida de hombre como sujeto de derecho. Según la mayoría de los romanistas, el esclavo no es sujeto sino objeto de derechos y carece en absoluto de capacidad jurídica, como si fuera una cosa, pertenece en propiedad a su dueño, dominus, y en consecuencia, le son aplicables las normas propias de los derechos reales, pudiendo su dueño, matarlo, enajenarlo o lastimarlo [De la Vega de Miguens, 1981: 32; Louzan de Solimano, 1990: 136; Petit, 1985: 110].
  
El mercado de esclavos en Roma
Jean-Leon Gerome (s. XIX)
http://de.wikipedia.org/w/index.php?title=Datei:Jean-L%C3%A9on_G%C3%A9r%C3%B4me_004.jpg&filetimestamp=20110207234729
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Explica Felix A. Lamas, que los antiguos no se plantearon el problema de la justicia en sus relaciones con los extranjeros, o si lo hicieron, fue tan solo en un esbozo y no como justicia en sentido estricto, que para ellos - sobre todo para los griegos y romanos - sólo tenia sentido en el ámbito de la ciudad, sino como una forma de justicia analógica, de este modo, cuando Platón hace en la República [470 b-c] una critica a algunos usos de la guerra, cuando se refiere a lo que censura en las practicas contra los bárbaros, lo hace no tanto desde el punto de vista de la justicia sino mas bien de otras virtudes morales; en sentido analógico a cuando hoy, en nuestras modernas sociedades, juzgamos mal un daño inútil a un animal, no porque este tenga derechos frente a nosotros, sino porque ello refleja una actitud no humanitaria de parte nuestra [Lamas, 1974: 37].    

Bibliografía


AAVV  1993:  
El Pensamiento Prefilosófico. I. Egipto y Mesopotamia.
México, ed. Fondo de Cultura Económica, trad. cast. de Eli de Gortari, 1993.

AAVV 1971:
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Barcelona, ed. Barral Editores, trad. cast. de José M. Pomares, 1971.

Allport, Gordon W.  1977:
La naturaleza del prejuicio.
Buenos Aires, ed. EUDEBA, trad. cast. de Elíseo Verón, 1977.

Argüello, L. R.  y Peña Guzmán, L. A.  1966: 
Derecho Romano. I.
Buenos Aires, ed. Tipográfica Editora Argentina, 1966.

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Buenos Aires, ed. EUDEBA, 1981.

Eliade, Mircea 1992:
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Barcelona, ed. Labor, trad. cast. de Luís Gil, 1992.

Eliade, Mircea  1978: 
Historia de las creencias y de las ideas religiosas. I. De la prehistoria a los misterios   de Eleusis.
Madrid, ed. Cristiandad, trad. cast. de J. Valiente Malla, 1978.

Lamas, Felix A.  1974: 
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Buenos Aires, ed. Forum, 1974.

Louzan de Solimano, N. D.  1990: 
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Buenos Aires, ed. Editorial de Belgrano, 1990.

Michelet, Jules  1945: 
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en Historia de Roma.
Buenos Aires, ed. Argonauta, 1945.

Petit, Eugene  1985:
Tratado Elemental de Derecho Romano.
Buenos Aires, ed. Editorial Albatros, trad. cast. de José Fernández González, 1985.

Platón  1997: 
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Buenos Aires, ed. EUDEBA, trad. cast. de A. Camarero, 1997.

Triviño, Luis  1981: 
Vigencia del Relativismo Cultural.
en Serie Científica [Mendoza – Argentina], Año IV, Nº 22, Junio-Julio 1981, pp.6-11.

Vidal-Naquet, Pierre 1983: 
Esclavitud y ginecocracia en la tradición, el mito y la utopía.
en Formas  de pensamiento y formas de sociedad en el mundo griego. El cazador negro.
Barcelona, ed. Península, trad, cast. de Marco Aurelio Galmarin, 1983.

Vogel, Carlos A.  1975:  
Historia del Derecho Romano.
Buenos Aires, ed. Editorial Perrot,  1975.

Wilson, John A.  1995:  
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México, ed. Fondo de Cultura Económica, trad. cast. de Florentino M. Torner,1992.